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CAMPAÑA RENTA: ¿Hay alguna novedad a tener en cuenta respecto a las rentas imputadas?

Si. El Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia que aclara que los inmuebles en expectativa de alquiler o que no están alquilados una parte del año tributaran como renta imputada en el IRPF y no cabe deducir gastos por ese periodo.

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