La ayuda extraordinaria por cese de la actividad económica de los autónomos ligada a la crisis del coronavirus se acompañó a partir de cierto momento de otra medida de alivio: la exoneración de pagar la cuota de autónomos o cotización mensual. Si se pagó cuotas que luego la Seguridad Social devolvió gracias a dicha medida, se tendrá que restar su importe de los gastos soportados en el desarrollo de la actividad, pues finalmente no se soportó.