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CAMPAÑA RENTA: ¿Cómo se declara el piso alquilado a un familiar para su vivienda habitual?

Si no se le cobre alquiler alguno en la declaración deberá figurar como rendimiento neto total una renta equivalente, al menos, a la renta inmobiliaria imputada que se tendría que declarar si se mantuviera el inmueble vacío (un 2% del valor catastral o 1,1% si este ha sido revisado).

Si se le cobra un alquiler, se deberá calcular el rendimiento neto (ingresos menos gastos) y aplicar la reducción del 60%. Si el resultado es inferior a la citada cuantía mínima del apartado anterior, se deberá declarar dicho importe. Si el resultado es superior, prevalecerá este.

Esta regla afecta a arrendamientos entre parientes de hasta tercer grado, consanguíneos o afines (comprende al cónyuge, los padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos, sobrinos o tíos del propietario y de su cónyuge).

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