Si una parte de la vivienda habitual está afectada a la actividad económica, hay que calcular los gastos de suministros como agua, el gas, la luz, el teléfono, etc, en proporción a los metros cuadrados que destina a la actividad respecto a la superficie total de la vivienda, y deducir un 30% del resultado. Así, si la oficina ocupa 12 metros cuadrados, su casa tiene 80 y los gastos de 2020 ascienden a 2.600 euros, la deducción sería 30% x (12*100/80)% x 2.600= 117 euros.