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CAMPAÑA RENTA: En caso de separación matrimonial, si el juez le concede a uno de los cónyuges e hijos el uso de la vivienda habitual ¿tiene el otro cónyuge que declarar como imputación de rentas inmobiliarias por ello?

No. La imputación de rentas grava la posibilidad de disponer, usar y disfrutar los inmuebles. El propietario de una vivienda que no dispone del derecho de uso y disfrute, no tiene que imputar renta alguna. El excónyuge que la usa junto con los hijos tampoco, por ser su vivienda habitual.

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