El IVA aplicable a las obras de reparación de fugas de agua en la llave de paso de entrada del suministro para una comunidad de propietarios es del 21% al no resultar de aplicación el tipo reducido del 10% previsto para las ejecuciones de obra de renovación y reparación realizadas en edificios o partes de los mismos destinados a viviendas. En este supuesto, considera la DGT incumplido el requisito de ejecutarse la obra en un edificio o en una parte de él, por ser la obra de reparación ejecutada en la llave de paso situada fuera del edificio no formando en consecuencia parte de él.
Normativa aplicada: art. 90 1 y 91 2.10º (Ley 37/1992).
Consulta Vinculante V0239-18, de 1 de Febrero de 2018 de la Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo