El arrendatario de local que resuelve unilateralmente el arrendamiento debe abonar las rentas que resten hasta la finalización del contrato
Es doctrina del Tribunal Supremo sobre la materia que no habiéndose pactado el desistimiento unilateral del arrendatario, ni aceptado el mismo por el arrendador, procede el cumplimiento del contrato con el pago de las rentas pendientes.